RESOLUCIÓN GENERAL A.T.M. Nº 69
“El sistema informático Declaración Impositiva Unificada – DIU – será de uso obligatorio para:
• Grandes Contribuyentes: a partir de la presentación de la declaración jurada cuyo vencimiento opere en el mes de noviembre de 2015 y,
• Resto de los Contribuyentes Locales: a partir de la presentación de la declaración jurada cuyo vencimiento opere en el mes de diciembre de 2015.
Para saber como funciona esta nueva modalidad de liquidación de los Ingresos Brutos te dejamos el link en donde en forma interactiva se explica como hacerlo:

