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Estudio Contable AG https://estudiocontableag.com Estudio Contable en San Rafael Mendoza Fri, 01 Sep 2023 13:43:50 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.8.5 95805213 Se dilata los Creditos que anticipo Massa https://estudiocontableag.com/?p=667 Fri, 01 Sep 2023 13:43:50 +0000 https://estudiocontableag.com/?p=667 Leer másSe dilata los Creditos que anticipo Massa[…]]]> En la recorrida que realizó iProfesional por casi todas las casas centrales de los bancos más importantes del sector público y privado se topó con la misma respuesta, "aún no tenemos nada definido para ofrecer a nuestros clientes" que, en ocasiones, mezclaba desconocimiento con escepticismo acerca de la posibilidad de acceder a los créditos a trabajadores y monotributistas anunciados por el ministro de Economía Sergio Massa a una tasa subsidiada.

En la sede del Banco Hipotecario uno de los gerentes afirmó que los anuncios salen rápido, pero las concreciones son más lentas, "… anuncian medidas que deben ser implementadas por los bancos, con impacto en las tarjetas de crédito y las cámaras bancarias le dicen que si a Massa. Sí, bueno, está bien. Pero, hasta que lo mandan al sistema, lo implementan y lo aprueban en algún directorio, pasan los días, y muchas veces, ni te lo dan, por mil motivos. Por ahí existe alguna cláusula por la que el cliente que los busca no califica. Pero, no sé, yo creo que, si esto salió el domingo, para hablar mal y pronto, todavía no deben de tener ni idea de cómo implementarlo".

Lo cierto es que en el caso de los monotributistas y de los trabajadores en relación de dependencia con tarjetas de crédito "estalladas" y con tasas que comen los presupuestos familiares en un contexto inflacionario creciente la ansiedad del público se nota en los mostradores de los bancos tanto en la Ciudad de Buenos Aires como en el interior del país.

En la ciudad de Tucumán, por ejemplo, se observan filas de personas que van a averiguar a las sucursales y, en muchos casos, les piden que se dirijan a las oficinas de la ANSES.

En esa provincia el delegado de la ANSES es Enrique Salvatierra que debió hacer declaraciones públicas ante el interés de la población.

"Estamos aggiornándonos a las medidas que acaba de dictar el ministerio de Economía de la Nación, ayer, por el miércoles 30 de agosto, hemos tenido una reunión con Fernanda Raverta, titular a nivel nacional del organismo, por los préstamos de hasta 400 mil pesos para trabajadores en relación de dependencia. Se especificó que será para trabajadores que estén dentro del SIPA, Sistema Integral Previsional Argentino, que son todas las cajas transferidas a la Nación y alcanzará a aquellas personas que no pagan impuesto a las ganancias, es decir, que cobran hasta 700 mil pesos brutos", detalló a FM La Tucumana.

Fuente: Iprofesional

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Aguinaldo 2023: cmo saber si me van a descontar del Impuesto a las Ganancias https://estudiocontableag.com/?p=663 Wed, 21 Jun 2023 19:39:22 +0000 https://estudiocontableag.com/?p=663 663 Aguinaldo 2023: cmo saber si me van a descontar del Impuesto a las Ganancias https://estudiocontableag.com/?p=660 Wed, 21 Jun 2023 19:31:32 +0000 https://estudiocontableag.com/?p=660 Leer másAguinaldo 2023: cmo saber si me van a descontar del Impuesto a las Ganancias[…]]]> ¿Cuando el aguinaldo está exento de ganancias?

La nueva medida del Gobierno deja exentos de pagar el Impuesto a las Ganancias a aquellas personas con una remuneración inferior a los 880.000 pesos.

De esta manera, si el salario bruto de un empleado es de hasta $880.000, no deberá abonar el tributo sobre la primera cuota del aguinaldo 2023.

Se trata de un beneficio extraordinario que se aplicará por única vez para los trabajadores que deben pagar el Impuestos a las Ganancias.

El aguinaldo es un sueldo complementario que equivale al 50 por ciento de la mayor remuneración del primer semestre del año. Por esta razón, los trabajadores quienes su mejor sueldo fue de $880.000 van a tener exento el aguinaldo hasta los 440.000 pesos.

En lo que respecta al Sueldo Anual Complementario (SAC), el cálculo del impuesto retenido se realiza de forma mensual. Por esto, la medida propone restituir las retenciones realizadas para estos salarios en dos cuotas mensuales, consecutivas e iguales, junto con el cobro de las remuneraciones mensuales correspondientes a los meses de junio y julio.

Para esto, los empleadores tendrán que detallar la devolución en un reglón separado del recibido de sueldo, identificando el beneficio.

Se estima que 513.000 trabajadores argentinos se verán favorecidos por la nueva disposición del Ministerio de Economía. Ellos son el equivalente a más del 50% de los trabajadores que están alcanzados por el tributo.

Estas personas son los que poseen salarios brutos de entre 506.230 pesos y 880.000 pesos, quienes todos los meses tienen la obligación de abonar el Impuesto a las Ganancias.

El objetivo del beneficio es recomponer el poder adquisitivo de los trabajadores, para que al tener una mejora salarial de $112.600 en promedio por empleado, haya un mayor consumo y actividad económica. Con la decisión del Gobierno, los empleados percibirán un incremento del sueldo mensual del 26% en promedio.

¿Cuando el aguinaldo paga ganancias?

Los salarios brutos que superen los 880.000 pesos sí tendrán que pagar el Impuesto a las Ganancias.

En caso de que el mayor sueldo de un trabajador en los primeros seis meses del año haya superado el monto mencionado, sea por algún bono extra o cualquier suma adicional y obtenga un aguinaldo de más de 440.000 pesos, deberá pagar el Impuesto a las Ganancias sobre la diferencia.

Es decir, si a un empleado le corresponde recibir un sueldo anual complementario de 540.000 pesos, estará agraciado de pagar el impuesto hasta los $440.000, pero tendrá que pagarlo sobre los $100.000 restantes.

Este año, la fecha límite para pagar el aguinaldo es el viernes 30 de junio, sin embargo, se puede extender hasta seis días hábiles, en este caso, hasta el jueves 6 de julio.

La segunda cuota se paga en diciembre. La fecha de vencimiento es el lunes 18 de diciembre, también la posibilidad de extenderse hasta el 22 del mismo mes. Se pretende que las familias reciban el sueldo adicional antes de fin de mes para los gastos de las fiestas.

El aguinaldo es un derecho laboral, por lo que todos los trabajadores formales en relación de dependencia deben recibirlo. Por esta razón, es importante que todos los empleados estén al tanto de las fechas en las que corresponde cobrar y como calcular el monto por el tiempo trabajado.

En caso de que los empleadores no abonen el sueldo complementario, los trabajadores pueden reclamar el pago y tomar las medidas necesarias para que se cumplan sus derechos.

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AFIP – TRANSFERENCIAS https://estudiocontableag.com/?p=657 Wed, 21 Jun 2023 19:28:09 +0000 https://estudiocontableag.com/?p=657 Leer másAFIP – TRANSFERENCIAS[…]]]> AFIP: ¿qué pasa si me transfieren 500.000 pesos?

¿Qué pasa si recibo una transferencia de mucho dinero?

Si recibís una transferencia de dinero elevada, pero justificada, como, por ejemplo, por la venta de una propiedad, servicios facturados a un cliente o la venta de un vehículo, no tendrás problemas. Si bien en algunas ocasiones el banco puede retener de forma preventiva losfondos, al presentar la documentación que respalde la operación, podrás liberar el dinero sin inconvenientes.

Por otro lado, existen situaciones en las que el monto recibido por transferencia no está "justificado", como la venta informal de un dispositivo electrónico costoso, por ejemplo, un celular de 500 mil pesos.

En estos casos, hay algunos riesgos a considerar. Por ejemplo, si sos monotributista o responsable inscripto, corrés el riesgo de que el fisco sospeche evasión fiscal al no haber facturado ese dinero. Podrían aplicarte sanciones, multas e incluso recategorizarte si excedés los límites del monotributo debido a esa transferencia.

Por otra parte, si no estás registrado, el banco puede retener o rechazar la transferencia y solicitarte justificar los fondos. En caso contrario, podrían cerrar tu cuenta y elaborar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF).

En el caso de recibir una transferencia de dinero en tu cuenta por error, no tenés que preocuparte. Simplemente tendrás que comunicarte con tu banco e informarle sobre la acreditación errónea. El banco procederá a revertir la transferencia y devolver los fondos a la persona que realizó la orden de transferencia.

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Nueva Resolución ATM – Aplicación 01-10-2022 https://estudiocontableag.com/?p=654 Tue, 27 Sep 2022 18:47:13 +0000 https://estudiocontableag.com/?p=654 Leer másNueva Resolución ATM – Aplicación 01-10-2022[…]]]> RESOLUCIÓN GENERAL (ATM Mendoza) 46/2022

Adhesión al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago – SIRCUPA –

SUMARIO: La provincia de Mendoza se adhiere al régimen de recaudación unificado “Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago – SIRCUPA” -RG (CA) 9/2022-.

Entre las principales características del régimen se destacan las siguientes:
– Están comprendidos los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos encuadrados en el régimen local o de Convenio Multilateral
-No se encuentran alcanzados por el presente régimen:
*Contribuyentes cuyos ingresos totales sean gravados a la tasa 0%, exentos o no gravados en el impuesto.
*Los sujetos que revisten, exclusivamente, la condición de expendedores al público de combustibles líquidos y gas natural.
*Los sujetos que se encuentren eximidos de presentar declaración jurada en virtud de que la totalidad del impuesto se retiente o percibe en la fuente.
*Los sujetos que realicen exclusivamente operaciones de exportación.
*Contribuyentes comprendidos en el régimen simplificado provincial.
*Contribuyentes locales que posean saldos a favor en el impuesto sobre los ingresos brutos en las últimas 6 declaraciones juradas.

-La recaudación del impuesto a practicar a los contribuyentes locales incluidos en el régimen deberá efectuarse en el momento de la acreditación del respectivo importe, conforme a la nómina de contribuyentes indicada por la Administración Tributaria Mendoza y a las alícuotas establecidas para cada actividad.
– En el caso de contribuyentes comprendidos en Convenio Multilateral, la recaudación del impuesto deberá practicarse al momento de acreditar el importe correspondiente, aplicando las alícuotas asignadas a cada contribuyente conforme a la distribución asignada por contribuyentes del Régimen General, Contribuyentes de Regímenes especiales y Contribuyentes categorizados en Riesgo Fiscal.

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Prrroga: la Justicia suspendi los vencimientos de AFIP a pedido de contadores https://estudiocontableag.com/?p=651 Wed, 22 Jun 2022 19:42:41 +0000 https://estudiocontableag.com/?p=651 Leer másPrrroga: la Justicia suspendi los vencimientos de AFIP a pedido de contadores[…]]]> El amparo que prorroga los vencimientos

"Atento la proximidad del vencimiento de los plazos para la presentación de las declaraciones juradas involucradas -para los días 23 a 27 de junio-, corresponde ordenar como medida interina y hasta tanto se resuelva la medida cautelar peticionada, la suspensión del vencimiento para la presentación y el pago de las declaraciones juradas determinativas del período fiscal 2021 de las personas humanas", estableció la jueza.

La causa se aplicara a "la clase está conformada en el caso por los/las profesionales matriculados/as en ciencias económicas en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", aclara la magistrada.

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La AFIP extiende plazo para acceder a beneficios de los planes de pago https://estudiocontableag.com/?p=625 Thu, 31 Mar 2022 14:33:53 +0000 https://estudiocontableag.com/?p=625 Leer másLa AFIP extiende plazo para acceder a beneficios de los planes de pago[…]]]> La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 31 de mayo el plazo para que los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%. El organismo también otorgó más tiempo para los beneficios de los planes de pago permanente, en cuanto a la cantidad de cuotas y planes adheribles. Las medidas, que se publican este jueves en el Boletín Oficial, apuntan a coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes.

Ganancias y Bienes Personales
La Resolución General 5177/2022 establece que los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%. Asimismo, dispone que el organismo no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar sus obligaciones alcanzadas. El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como "riesgo muy alto", categoría E.

El "Sistema de Perfil de Riesgo" es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.

La AFIP extiende plazo para acceder a planes de pago
La AFIP extiende plazo para acceder a planes de pago
Planes de pago permanente
A través de la Resolución General 5178/2022, la AFIP extendió hasta el 31 de mayo de 2022 la vigencia transitoria correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables en el régimen de facilidades de pago permanentes. El máximo es 8 cuotas y 6 planes por persona.

Además, los beneficios en las condiciones de los planes permanentes de pagos para quienes desarrollan actividades críticas también continuarán vigentes hasta el 31 de mayo de 2022.

AFIP prorroga la moratoria del Alivio Fiscal una vez más: cuál es el nuevo plazo
La AFIP extiende por tres meses hasta el próximo 30 de junio la vigencia de la excepción de registrar los datos biométricos. Con esta medida, establecida a través de la Resolución General 5180/22 publicada en el Boletín Oficial, los ciudadanos no deben concurrir a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar de forma presencial. Los trámites y gestiones se pueden realizar desde el servicio Presentaciones Digitales.

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AFIP Decide PRORROGAR beneficion fiscales https://estudiocontableag.com/?p=622 Tue, 29 Mar 2022 13:38:15 +0000 https://estudiocontableag.com/?p=622 Leer másAFIP Decide PRORROGAR beneficion fiscales[…]]]> La AFIP anunciaría en breve una prórroga a la moratoria prevista en la resolución general 5101.

La resolución general 5101 instrumentó la ampliación de la moratoria -L. 27541- para permitir la regularización de obligaciones vencidas al 31/8/2021 en hasta 120 cuotas con una tasa inicial de financiamiento de 1,5% al 3%, que dependerá del tipo de contribuyente y la obligación a ingresar en el plan de facilidades de pago.

Recordamos que el vencimiento para la adhesión había sido extendido hasta el 31 de marzo de 2022, conforme la resolución general 5157

Restaría definir una nueva fecha de vencimiento para las formalidades relacionadas con el régimen como la acreditación de la condición de pequeño contribuyente, entre otros que ocurrieron durante el corriente mes.

afip.pdf

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COVID – REINCORPORACION AL TRABAJO https://estudiocontableag.com/?p=610 Mon, 24 Jan 2022 20:53:02 +0000 https://estudiocontableag.com/?p=610 Leer másCOVID – REINCORPORACION AL TRABAJO[…]]]> A través de la resolución 27/2022 el Ministerio de Trabajo de la Nación menciona como debe proceder un trabajador que se deba reincorporar a su jornada laboral después de haber sido positivo de covid-19

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Art. 1 – Pónense en conocimiento las recomendaciones elaboradas por el Ministerio de Salud para el regreso al trabajo de los trabajadores y trabajadoras que tengan diagnóstico confirmado o contacto estrecho con un caso confirmado de COVID-19, que se detalla en los artículos siguientes.

Art. 2 – Los trabajadores y trabajadoras que tengan diagnóstico de COVID-19 que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta en las siguientes circunstancias:

1. Casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto:

A los diez (10) días de la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.

2. Casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de cinco -5- meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo):

A los siete (7) días desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos), cumpliendo en los tres (3) días posteriores de cuidados especiales (no concurrir a eventos masivos, ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada, bien ajustado, tapando nariz, boca y mentón- en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas, mantener la distancia, ventilar los ambientes de manera continua y extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo).

Los resultados de laboratorio o de confirmación por criterio clínico-epidemiológico son visibles en la APP Mi Argentina.

Art. 3 – Los contactos estrechos asintomáticos, podrán regresar a sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijo, ventilación, distancia) y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta, de acuerdo al siguiente detalle:

1. Contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto (sin vacunar o con más de cinco -5- meses de la aplicación de la última dosis):

A los diez (10) días desde el último contacto con el caso confirmado

2. Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo (esquema de dosis única, de dos -2- dosis o esquema inicial con dosis adicional, según corresponda y menos de cinco -5- meses de completado el esquema) o que hayan tenido COVID-19 en los últimos noventa (90) días:

a. Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales,

b. Deben, maximizar medidas preventivas (uso obligatorio de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente)

c. Se sugiere realización de test diagnóstico entre el tercer y quinto día.

d. Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.

3. Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo + refuerzo con más de catorce (14) días de la última aplicación:

a. Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales.

b. Deben, maximizar medidas preventivas (uso obligatorio de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente).

c. Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.

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Lneas de Crditos para la compra de Controladores Fiscales https://estudiocontableag.com/?p=606 Mon, 24 Jan 2022 11:43:23 +0000 https://estudiocontableag.com/?p=606 Leer másLneas de Crditos para la compra de Controladores Fiscales[…]]]> La AFIP informa nuevas líneas de crédito para modernizar controladores fiscales: cómo acceder

Los pequeños comercios cuentan con dos nuevas líneas de crédito del Banco Nación para modernizar sus controladores fiscales. El financiamiento para realizar el recambio obligatorio de los equipos es el resultado del trabajo conjunto de la entidad con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Nuevas líneas de crédito para modernizar controladores fiscales
Los créditos ascienden a un máximo de $100.000 por equipo con un plazo de hasta 60 meses. La tasa de interés es del 30% nominal anual fija para clientes con cuenta comercio en el Banco Nación.

Los préstamos están vigentes hasta el 30 de junio. Están destinados a Mipymes inscriptas bajo cualquier forma societaria o unipersonal, y a personas humanas del segmento "micro", sociedades de hecho segmento "micro" y a monotributistas.

Como parte de la estrategia conjunta para acompañar el proceso de renovación de controladores fiscales, la AFIP prorrogó los plazos para adquirir y utilizar de forma obligatoria los equipos de "nueva tecnología" en reemplazo de los vigentes.

De esta forma, aquellos contribuyentes que posean tres o cuatro equipos tienen tiempo hasta el 31 de enero para realizar el recambio. En tanto, quienes posean uno o dos, cuentan hasta el 30 de abril para renovar los controladores fiscales.

Para acceder a más detalles de las nuevas líneas de financiación ofrecidas por el BNA haga click en www.bna.com.ar/Empresas/Novedades/AdquisicionDeControladoresFiscales

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